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Torneo nacional: 1931

Julio de 1931

TORNEO NACIONAL 

EL AÑO 1931 SIN REPRESENTACIÓN DEL FÚTBOL CANARIO

 

A consecuencia de los graves incidentes del tristemente partido de vuelta entre el Real Unión y Marino F. C., en el campo de la Avenida, de Santa Cruz de Tenerife, se puso de manifiesto la adversidad que reinaba contra el "personal" grancanario, alentados y fomentados por aquellos que desde el primer momento debieron procurar la mayor imparcialidad y cordialidad.

El equipo para representar a Canarias en el Campeonato de España, debida de salir del duelo entre el Real Unión y Club Victoria. El partido de ida a celebrar en Tenerife. Entre otros acuerdos de la Federación Regional, se adoptó que el "match" se debía jugar en La Laguna, como consecuencia de los citados incidentes. Se desplazó a aquella plaza el conjunto victorista. Dicho encuentro no se pudo llevar a cabo, siendo suspendido por el Gobernador Civil de aquella provincia, alegando que no contaba con suficientes fuerzas para mantener el orden en el recinto deportivo.

Para tratar de la suspensión del partido que se debió jugar en La Laguna, se reunió la Regional acordando poner el caso en conocimiento de la Federación Nacional para que resolviese.

El encuentro de vuelta, tampoco se llevó a cabo. Total, tal y cual. Dimes y diretes. La cosa subía de tono, hasta que desembocó en...

La propuesta de la Ponencia federativa sobre el pleito canario. En la próxima asamblea de la Federación Nacional de Fútbol será presentado un escrito de la Ponencia federativa sobre la nueva organización que se dará a Canarias.

El texto de dicho escrito, dice así:

"Entre la Gran Canaria y Tenerife existe, desgraciadamente, un antagonismo ancestral, que se manifiesta en diversos órdenes de la vida, y que avivado por la pasión de que son propicias las cuestiones futbolísticas, hace imposible pensar por ahora en una labor común, que sólo puede ser útil y eficaz existiendo por ambas partes un sentido de recíproca comprensión y de cordial colaboración, que no se ha conseguido establecer a pesar de las medidas adoptadas especialmente, cuyo éxito fue patente, pero siempre efímero.

A parte de esto, y a juzgar por las cuestiones y recursos que han llegado a conocimiento del Comité, el Regional de Canarias, que reside en Las Palmas, no se distingue por dar la sensación de ecuanimidad en su manera de proceder, agravándose así, de día en día el problema. Pero la solución no está en pasarlo de unas manos a otras, por que el resultado sería el mismo, aunque la influencia de los factores se manifestase inversamente.

Este mismo año, con ocasión de jugarse las finales del campeonato regional entre los mejores clasificados de las dos islas, se produjeron incidentes de tal gravedad, que fue preciso suspender aquellas, y dejar a Canarias sin representación en el Campeonato de España.

Considera el Comité que consagrado al fin reglamentariamente el derecho de Canarias a participar en el Campeonato de España, hay que mantenerlo, porque a pesar del sacrificio económico que para la Federación puede representar, éste se halla compensado con dar así una expresión eficaz y solemne a la unidad del cuerpo futbolístico español, y por esto y, además, por los motivos anteriormente expuestos, formula la siguiente proposición que somete a la aprobación de la asamblea;

Primero: El territorio de las Islas Canarias se dividirá en dos zonas, cuyos núcleos principales y directivos estarán radicados en Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife, respectivamente.

Segundo. Ambas zonas se regirán con absoluta independencia una de otra, y, a los efectos administrativos y deportivos de la Federación, serán consideradas como Federaciones regionales autónomas.

Tercero. Si en lo sucesivo se crearan en las otras islas nuevos Clubes, pasarán a depender de la Gran Canaria o de la de Tenerife, teniendo en cuenta las facilidades de comunicación y la voluntad de la mayoría de los Clubes de cada una de las demás islas, previa solicitud elevada al Comité ejecutivo y por acuerdo de éste.

Cuarto. Los derechos de la representación canaria en el campeonato de España, corresponderán alternativamente los años de número par a la zona de Tenerife y los años números impares a la de Las Palmas.

Quinto. Inversamente corresponderá la representación de Canarias en la Asamblea, al Comité de Las Palmas en los años pares y al de Tenerife en los impares.

Sexto. Este régimen especial de Canarias quedará en suspenso, y se restablecerá la unidad de aquella región con todas sus consecuencias, siempre que los Comités de ambas zonas lleguen a establecer un régimen jurídico común, aprobado por la mayoría de los Clubes de cada zona, y sancionado por el Comité ejecutivo.

 

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Reciente está aún el criterio centralista que ha venido observando ciertos elementos políticos de Santa Cruz de Tenerife, para que desaparezca de la actual división de provincia que ha llevado la paz y la tranquilidad a todo el Archipiélago, y ahora aquellos elementos propugnan por el establecimiento de la antigua unidad provincial, abogando por la región, con Consejos integrados por las islas de Palma, Gomera y Hierro, por el grupo occidental y Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura por el Oriental, quedando la isla de Tenerife como isla de superior jerarquía, pues en ella ha de residir la representación de la Regional Canaria.

Absurdo semejante lo hemos combatido, pero el hecho es que quienes en el orden político-administrativo se muestran tan aferrados a la antigua unidad Provincial de Canarias, han pedido ahora a la Federación Española de Fútbol que se cree en Canarias un régimen especial en el citado deporte, desapareciendo la unidad de la región que antes existía, dividiéndose en dos zonas, el territorio de las Islas Canarias, radicando sus núcleos directivos, uno en Las Palmas y otro en Santa Cruz de Tenerife.

Curioso es en verdad el contraste centralista en lo que conviene e interesa, divisionistas en grupos de isla, en lo que les perjudica.

El Comité Ejecutivo de la Federación Española de Fútbol, ha accedido a la que interesaba el Consejo Federativo de Santa Cruz y la prensa de esta última se muestra muy satisfecha y complacida del acuerdo divisionista del centro español: bueno es subrayar el hecho.

A continuación se edita lo acordado por el Comité Ejecutivo de la Federación Española de Fútbol, resolviendo la pretensión de Tenerife, dice así:

El Consejo Federativo de Tenerife, nos remite copia de la siguiente comunicación que ha recibido del Comité Ejecutivo de la Federación Española de Fútbol.

"La Asamblea ordinaria de Federaciones y Clubes, miembros en propiedad, ha aprobado por unanimidad el proyecto que el Comité Ejecutivo sometió a su consideración y estudio, y por virtud del cual se dispone:

1.- El territorio de las Islas Canarias se dividirá en dos zonas, cuyos núcleos principales y directivos estarán radicados en Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife, respectivamente.

2.- Ambas zonas se regirán con absoluta independencia una de otra, y a los efectos administrativos de la Federación serán considerados como Federaciones Regionales autónomas.

3.- Si en lo sucesivo se crearán en las otras islas, nuevos clubes, pasarán a depender de la de Gran Canaria o de la de Tenerife, teniendo en cuenta las facilidades de comunicación y la voluntad de la mayoría de los clubes de cada una de las más islas, previa solicitud elevada al Comité Ejecutivo y por acuerdo de éste.

4.- Los derechos de la representación Canaria en el Campeonato de España corresponderán alternativamente los años números par a la zona de Tenerife y los de número impar a la de Las Palmas.

5.- Inversamente corresponderá la representación de Canarias en la Asamblea, al Comité de Las Palmas en los años pares y de Tenerife en los impares.

6.- Este régimen especial de Canarias quedará en suspenso y se restablecerá la unidad de aquella Región con todas sus consecuencias, siempre que los Comités de ambas zonas lleguen a establecer un régimen jurídico común, aprobado por la mayoría de los clubes de cada zona y sancionado por el Comité Ejecutivo.

Igualmente acordó la Asamblea a propuesta de la Federación del Centro, que ostentaba la representación Canaria en ausencia del Delegado de esta, don Tomás Lara, facultar al Comité Ejecutivo para que teniendo en cuenta el historial de los clubes de Tenerife, designe como miembro en propiedad de esta Federación, con los derechos que a los mismos concede el art. 15 de los Estatutos, a aquél que estime con mayores méritos.

Como a tenor del art. 26 de los Estatutos, el citado acuerdo tiene carácter ejecutivo desde el momento que fue adoptado, rogamos a usted proceda con la mayor urgencia a su cumplimiento, disponiendo lo necesario para que no más tarde del día 31 de agosto próximo, entre de hecho en vigor el régimen de independencia administrativa deportiva a que se refiere el apartado segundo de la proposición aprobada por la Asamblea."